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20-09-06
Fuego en las islas. Piden por Ley la creación de la Región Alto Delta
En relación a la problemática producida por la quema de pastizales en las islas, el Diputado Provincial Rául Lamberto (PS) presentó un Proyecto de Ley para que se proceda a la conformación de la Región Alto Delta “extendiéndose sobre el río Paraná y sus afluentes, cauces primarios y secundarios, comprendiendo el espejo de agua y el valle del río Paraná (islas), con límite noroeste a la altura de la ciudad de Diamante (Provincia de Entre Ríos); y el límite suroeste en jurisdicción colindante de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos”, tal como expresa el Artículo 1º de la iniciativa.
“La región formada por todas las partes intervinientes: Nación, Provincia y Municipios constituye un importante modo de integración para la búsqueda de soluciones mancomunadas sin constituir por ello un nuevo nivel de gobierno”, sostuvo Lamberto.
La quema de pastizales en las islas, vinculada al incremento de la explotación agropecuaria y al anunciado arrendamiento de 130 mil hectáreas de tierras fiscales obedece al aumento de los planteles ganaderos y a la urgencia de realizar un máximo aprovechamiento de los suelos.
No obstante, el control de la seguridad del área es importate, pero insuficiente porque no regula el incremento y modalidad de la explotación de las islas del Alto Delta. En este sentido, la creación del área protegida constituye una solución jerárquica pero es resistida por los intereses vinculados a la explotación de las islas, especialmente de la Provincia hermana de Entre Ríos.
“Los gobernadores de Santa Fe, Jorge Obeid y de Entre Ríos, Jorge Busti, tienen en sus manos un instrumento institucional contemplado en el Art. 124 de la Constitución Nacional, por el cual se faculta a las Provincias a crear regiones con el simple conocimiento de la Nación”, aclaró el legislador. (Ver Artículo 124 de la Constitución Nacional que figura en el Proyecto que adjuntamos)
Mediante el mecanismo de la Región del Alto Delta se deberá generar un organismo que proceda a abordar y regular todas aquellas situaciones y actividades que generen algún tipo de impacto ambiental en el humedal que componen la islas. Para ello deberá propender a la:
Preservación del medio ambiente y conservación de los recursos naturales, en defensa del ecosistema natural que ofrece la región; prevención de la contaminación ambiental y de las aguas; coordinación de las acciones necesarias para garantizar la seguridad; procedimientos en los operativos de búsqueda y rescate de personas y cosas; asistencia a la navegación comercial y deportiva desarrollada en la región; adopción de medidas para el balizamiento y dragado en los canales principal y secundario; determinación de los volúmenes máximos de pesca; ¿promoción del turismo; realización de estudios e investigaciones de carácter geofísico, sociológico, económico y jurídico de la región, como aquellos otros que también -con fines científicos- pudieran resultar convenientes; potenciar el progreso y crecimiento mancomunado de las distintas áreas intrazonales de la región; creación de un régimen jurídico-administrativo común para la construcción de obras e instalaciones que incidan significativamente en la región.
Adjunto Archivo Proyecto Completo
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